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La Comisión Federal de Comercio (FTC, por su sigla en inglés) y el Estado de Arizona están tomando medidas contra Coulter Motor Company, con sede en Arizona, por participar en una amplia gama de prácticas que perjudican a los consumidores, desde publicar en línea precios engañosos de vehículos hasta cobrarles más por intereses y productos adicionales a los latinos interesados en comprar carros. Coulter, junto con su ex director general, Gregory Depaola, pagarán $2.6 millones para resolver la demanda, la mayor parte de los cuales se destinará a otorgar reembolsos a los consumidores perjudicados por las acciones presuntamente ilegales de los demandados.

En la demanda anunciada hoy, la FTC y el Estado de Arizona alegan que Coulter, que opera Coulter Cadillac Tempe y Tempe Buick GMC, junto con Depaola, les cobraban regularmente a los consumidores por adicionales no deseados que los consumidores nunca habían aceptado pagar y otros cargos falsos. Una encuesta de consumidores que compraron u obtuvieron carros bajo la modalidad leasing en Coulter descubrió que al 92 por ciento de los consumidores encuestados se les cobró al menos un adicional sin su autorización, o porque pensaban que era obligatorio.

Samuel Levine, Director de la Oficina de Protección del Consumidor de la FTC, dijo al respecto: “Coulter utilizó cargos ocultos e inesperados y otras tácticas ilegales para aumentarles los precios a los consumidores, especialmente a los consumidores latinos”. Y agregó: “La FTC seguirá tomando enérgicas medidas contra las prácticas que elevan los precios, engañan a los consumidores y perjudican a los vendedores honestos”.

Según se establece en la demanda, Coulter anunció en línea precios de carros con grandes descuentos en comparación con los precios minoristas sugeridos, en muchos casos por miles de dólares menos, lo que llevó a los consumidores a pensar que podrían comprar el carro anunciado por ese monto anunciado. Los consumidores se quejaron de que cuando llegaron al concesionario les dijeron que el precio anunciado no estaba disponible. En cambio, el concesionario sumó cientos o miles de dólares más al precio anunciado en concepto de un así llamado “ajuste de mercado”, supuestos adicionales que estaban preinstalados en el carro y demás cargos diversos.

Los adicionales incluían ítems tales como grabado del número de identificación del vehículo, polarizado de ventanillas, neumáticos inflados con nitrógeno y servicios de recuperación de robo, ítems que según Coulter les decía engañosamente a los consumidores debían comprarse junto con el carro. En la demanda se alega que, en algunos casos, Coulter les cobró a los consumidores dos veces por los mismos adicionales, una vez de forma individual y otra vez como parte de un “paquete” de adicionales.

En la demanda también se alega que Coulter discriminó a los consumidores latinos en las transacciones de vehículos. En promedio, los consumidores latinos que compran en Coulter pagan casi $1,200 más en intereses y cargos adicionales que sus contrapartes blancas no latinas. Estos mayores costos se presentan en forma de remarcaciones de la tasa de interés sobre la financiación, así como cargos más altos por varios productos adicionales.

En la demanda se acusa a Coulter y Depaola de infringir la Ley de la FTC, la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito y la Ley de Fraude contra el Consumidor de Arizona.

Bajo los términos de la orden de la corte federal propuesta con la FTC y el Estado de Arizona, Coulter y Depaola deben pagar una sentencia monetaria de $2.6 millones de dólares, de los cuales $2.35 millones se utilizarán para otorgar reembolsos a los consumidores perjudicados por sus acciones presuntamente ilegales. El acuerdo propuesto también requiere que Coulter establezca un programa integral de prácticas equitativas de préstamo que incluye la designación de un funcionario de préstamos justos, la realización de capacitación para los empleados y la implementación de políticas para el cobro de cargos y remarcaciones.

El resultado de la votación de la Comisión para autorizar a su personal a presentar la demanda y la orden acordada de carácter final fue 5-0. La demanda y la orden final acordada fueron presentadas ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Arizona.

NOTA: La Comisión presenta una demanda cuando existe una “razón para creer” que los demandados mencionados en la demanda están infringiendo la ley o están a punto de infringirla y cuando la Comisión considera que el procedimiento es de interés público.  Las órdenes acordadas de carácter final adquieren fuerza de ley cuando son aprobadas y firmadas por el juez de la Corte de Distrito.

Los abogados encargados de este asunto son Sanya Shahrasbi y Brian Berggren de la Oficina de Protección del Consumidor de la FTC.

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